b. Asamblea general
c. Participación en junta de barrio, consejo escolar municipal y en las campañas de protestas por los recortes
Este es el Blog de la Asociación de Madres y Padres de Escuela 2. "EDUCAR es sembrar con SABIDURÍA y cosechar con PACIENCIA. Educar es ser un BUSCADOR de pepitas de oro que va tras los tesoros del CORAZÓN" (Del libro "Padres brillante, maestros fascinantes", de Augusto Cury) ¡Bienvenidos a todos, BUSCADORES!
JUECES PARA LA DEMOCRACIA CON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES |
El Secretariado
de la asociación judicial Jueces para la Democracia
muestra su grave preocupación por la situación
que se está viviendo en estos días en
la Comunidad Valenciana a raíz de la virulenta
represión policial al movimiento de protesta
estudiantil contra los recortes en materia de educación,
ratifica expresamente las consideraciones hechas públicas
estos días desde la Sección Territorial
de Valencia de esta asociación y, ante el anuncio
de nuevas movilizaciones en otras poblaciones de nuestro
Estado, y la continuidad de las mismas en la Comunidad
Valenciana, quiere poner de manifiesto ante la opinión
pública las siguientes consideraciones:
(1) En un contexto de reducción
presupuestaria en la enseñanza pública
a todos sus niveles, precarización de las condiciones
en que ésta se imparte y evidente riesgo de reducción
de su calidad, la movilización de los más
jóvenes en particular, por defender lo que será
su horizonte formativo, lo que debiera ser motivo de
reflexión del conjunto de la sociedad y, especialmente,
de los responsables políticos, tiene expresiones
lógicas que, manteniéndose dentro de los
límites constitucionales, suponen el ejercicio
de derechos cuyo respeto y tutela es exigible a todos
los poderes públicos.
(2) Cuando la ciudadanía ejercita
derechos fundamentales no puede estar sometida al permiso
ni al previo consentimiento de ningún poder público.
La función de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado y la de las delegaciones del Poder, también
cuando se exige comunicación previa, es la de
facilitar su ejercicio y no la de dar su placet. En
ocasiones, ese ejercicio puede afectar a otros derechos,
igualmente susceptibles de protección. En tales
casos, previo juicio de ponderación, se debe
procurar la mayor amplitud posible de todos los derechos
en juego y no cercenar unos en supuesto o aparente provecho
de otros. Con menor motivo, cuando se pretende restringir
precisamente los que suponen expresión de desacuerdo
con lo decidido por quien ostenta el poder. El ejercicio
de derechos fundamentales es síntoma de salud
democrática. Las normas jurídicas de un
Estado Constitucional tienen como designio el reconocimiento,
el amparo y la promoción de ese ejercicio. Los
derechos no nacen de esas leyes ni pueden ser desfigurados
por ellas.
(3) Bajo este ángulo, no debe
perderse de vista que cuando se trata del derecho de
manifestación, la función de la autoridad
pública es, ante todo, garantizar su ejercicio,
sin perjuicio de adoptar medidas de seguridad, de resultar
necesarias, pero, en ningún caso, someter el
derecho a restricciones que lo hagan irreconocible en
nombre de una supuesta función de orden público,
entendido como silencio de la ciudadanía. La
invocación del orden público no puede
convertirse en un pretexto para truncar el ejercicio
de un derecho fundamental, precisamente porque en las
democracias el respeto a los derechos fundamentales
forma parte del núcleo duro del concepto de orden
público a defender o a salvaguardar.
(4) La labor de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad es muy compleja en un Estado Democrático.
Especialmente lo es el de las denominadas Unidades de
Intervención o Antidisturbios, pues se enfrentan
a constantes momentos de tensión en los que su
misión de inmediata protección de personas
y bienes, en función de cómo se lleve
a cabo en el caso concreto, sitúa en una zona
de riesgo los derechos indicados pero también
el razonable mantenimiento en orden de los espacios
públicos de convivencia. Esas Unidades tienen
la difícil tarea de abordar con especial cautela
supuestos en los que se ubican ante el ejercicio (incluso
si éste es aparentemente abusivo) de derechos
fundamentales. Ahora bien, la decisión acerca
del porqué, el cómo, dónde y cuándo
actuar corresponde a los responsables políticos,
y la forma y organización de la actuación,
a los responsables orgánicos de los Cuerpos Policiales.
No se pueden cometer errores en el diseño de
esos dispositivos colocando a los agentes ante situaciones
de alta tensión, sin haber analizado previamente
todas las alternativas posibles, para después
pretender que recaiga el reproche únicamente
en los concretos funcionarios policiales que se encontraban
en el lugar. Habrá que investigar judicialmente
los excesos individuales que pudieran haber cometido
agentes determinados, al igual que los posibles excesos
por parte de cualquier persona, menor o mayor de edad,
pero es evidente que existe una responsabilidad clara
de los responsables políticos de la Subdelegación
del Gobierno y de la estructura de mando policial. La
respuesta a la expresión de un derecho fundamental
troncal en democracia, aunque esa expresión pudiera
en algún caso ser incorrecta o excesiva, no corresponde
directamente a las Unidades de Intervención Policial.
Se trata, ante todo, de una cuestión de ponderación
de derechos y valores, y ello exige responsabilidad
política y respuesta de la misma índole,
partiendo del principio de que las limitaciones deben
ser excepcionales. No puede afrontarse la expresión
de la discrepancia política por parte de la ciudadanía
como si se tratara de un simple problema de seguridad
ciudadana multitudinaria. En este sentido, consideramos
singularmente grave, que el Jefe Superior de Policía
se refiera a los manifestantes como el “enemigo”.
Más aún, que el propio Ministro del Interior
hay restado importancia a este hecho, revelando con
ello la falta de asunción de los valores inherentes
a nuestra democracia.
(5) Asimismo, como colectivo judicial
progresista, debemos manifestar que en estos días
se han puesto nuevamente de manifiesto los graves déficits
regulativos en materia de detenciones policiales, que
hemos denunciado en otras ocasiones, así como
en la aplicación del insuficiente régimen
vigente, siendo inaceptable que se hayan producido determinadas
situaciones (v.gr: retrasos en las comunicaciones a
los representantes legales de los menores detenidos,
duración más allá de lo estrictamente
necesario, inexistencia de información a familiares
o allegados, ausencia de placas identificativas en los
uniformes de los agentes policiales, etc...) que estimamos
incompatibles con el marco constitucional. Una vez más
reclamamos más la revisión de los criterios
de detención y su adaptación real y efectiva
a su verdadera naturaleza: limitación excepcional
del derecho a la libertad. Con mayor motivo, cuando
los afectados son menores de edad.
(6) El progresivo desmantelamiento
del Estado de Bienestar, bajo la excusa de una situación
de crisis económica no provocada por quienes
de forma más directa sufren sus feroces consecuencias,
agudiza las desigualdades e incrementa la conflictividad
social. Incumbe a los responsables políticos
el hallar soluciones no meramente represivas a esta
situación, evitando un clima social indeseable
que deteriore el insoslayable vínculo entre comunidad
humana de la que emana todo poder legítimo y
quienes lo ejercen coyunturalmente. Reclamamos su compromiso
en este sentido y mostramos nuestra confianza en que
tal será una de sus prioridades. Entretanto,
exigimos, al menos, el más fuerte compromiso
con los derechos fundamentales instrumentales para explicitar
el desacuerdo político.
El Secretariado de Jueces para la Democracia,
Madrid, a 21 de febrero de 2012
Jueces para la Democracia
jpd@juecesdemocracia.es
http://www.juecesdemocracia.es
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Hola a tod@s AMPA de Escuela2.
Este semana se va ha pasar, o se ha pasado ya, una carta explicativa con
Quería escribir aquí, para, en primer lugar, hacer una entrada en el Blog, donde todo el que quiera alguna explicación o tenga alguna duda, pueda hacer un comentario y aclarar esas dudas. (Si las hubiera).
Y en segundo lugar y sobre todo, para reiterar el tono de solidaridad de la carta de presentación de la cuota y es recordar a todas las familias de Escuela2, que el ¡AMPA somos todos!, y que en una situación social como la que estamos viviendo y la que nos espera, solo se puede ir hacia delante y con una sonrisa si basamos todos nuestros actos en la solidaridad.
Por ello recordar, que si alguna familia no puede asumir los 25€ anuales de la cuota, no pasa nada de nada!!!.....
Una mama, hoy en el Cole..... ¡Un amor de mama!.... me comentaba que por ahora no puede asumir el gasto, pero que en meses futuros, si la cosa mejora, aportara lo que pueda porque quiere participar.... ¡No es un amor!.... Pues, claro, no pasa nada!!!, por eso llevamos a los niños a Escuela2... para rodearnos de gente solidaria y ayudarnos unos a otros, Escuela2 es una Escuela Cooperativa... y por ello debemos educar a nuestros hijos con ese espíritu y que mejor manera, que con el ejemplo de ayudarnos entre nosotros.
Solo comentar por último que el dinero que se recaude este año ira, (prácticamente en su totalidad) al proyecto de Ocio y tiempo libre que desde hace años nuestros niños disfrutan en el Cole, a medio día. El resto (que es muy poquito), lo iremos ahorrando y apoyando al Cole en lo que necesite.
Ya sabéis, el ¡Ampa somos todos!, Si tenéis alguna idea o queréis participar activamente, no os lo penséis y uniros al Ampa activa por correo, por el Blog, viniendo a las reuniones o a través de los vocales de las clases
Un besito a todos y nos vemos por el Cole o en alguna manifestación. (Jejejeje, humor ante todo!!)